Comunicado de organizaciones de la sociedad civil
Desde el ILSED compartimos un comunicado con diferentes organizaciones de la sociedad civil donde manifestamos nuestra preocupación por el DNU 941/25.
17 Ene 2026
Reforma del sistema de inteligencia: una norma que pone en
riesgo garantías constitucionales básicas
El pasado 31 de diciembre el Poder Ejecutivo dictó el Decreto de Necesidad y
Urgencia 941/2025, mediante el cual reformó el funcionamiento del sistema de
inteligencia argentino. No con una ley debatida en el Congreso, sino de forma
unilateral durante su receso.
¿Por qué te tiene que importar?
Porque modifica la manera en la que el Estado puede vigilarte y así afecta
directamente tu libertad, tu autonomía y tu privacidad.
No tenés forma de saber cómo son usados tus datos personales
El DNU obliga a más de 15 organismos públicos a compartir datos personales de la
población con la SIDE, sin establecer procedimientos concretos ni mecanismos de
control. El decreto se vuelve así una herramienta para realizar vigilancia masiva.
Además, la acumulación de grandes cantidades de datos en un solo organismo es
todavía más peligrosa en la medida en que el Estado no tiene una política adecuada
de seguridad de la información y las filtraciones son frecuentes.
El decreto no prevé ningún tipo de control ciudadano sobre el accionar de la SIDE y
concentra todavía más poder en esta agencia. Puede pedir información a provincias y
municipios, aprobar presupuestos secretos, compartir tus datos con agencias de otros
países sin autorización judicial. Y todo bajo absoluto secreto. Nadie sabrá qué hacen
con tu información ni a quién se la dan.
Nadie controla a los que controlan
El decreto establece que las actividades de inteligencia son encubiertas por definición.
Esto significa que no vas a poder saber si te están investigando, por qué, ni qué
información tienen sobre vos. El carácter encubierto puede frustrar eventuales
investigaciones para probar responsabilidades del Estado. No hay forma de reclamar
si se equivocan o abusan. El secreto es la regla.
Una SIDE que te puede detener
Por primera vez en democracia, los agentes de inteligencia tienen poder para
detenerte. La SIDE puede proceder a la “aprehensión” de personas sin que quede
claro bajo qué criterios ni con qué garantías, y sin autorización judicial. Esto deja
habilitado el camino a detenciones arbitrarias, a la persecución y a la intimidación. Es
transformar a los servicios de inteligencia en una especie de policía secreta y sin
control.
Los militares volverían a tareas de seguridad interior
Durante décadas, Argentina trabajó para separar claramente defensa (militares) de
seguridad interna (policías). Era una lección aprendida de la dictadura: los militares no
deben ejercer funciones de control de la población civil. Este decreto permite que las
Fuerzas Armadas realicen tareas de inteligencia sobre “organizaciones no estatales”
—sin aclarar cuáles ni los criterios que harían que las organizaciones ingresaran en
esa categoría— y les quita el control civil. Es un retroceso histórico peligroso.
El regreso de la idea del “enemigo interno”
En este DNU se expande de manera significativa el concepto de contrainteligencia,
que pasa a incluir la prevención de acciones de infiltración, espionaje, sabotaje,
influencia, injerencia o interferencia de factores externos en detrimento del proceso
decisorio de las autoridades públicas, de los intereses estratégicos nacionales y/o de
la población en general, incluso en “abordajes multidimensionales” de actores
estatales y no estatales. Al modificar el artículo 4° de la Ley 25.520, las prohibiciones
pensadas para que las agencias de inteligencia no puedan hacer tareas de inteligencia
política (no influir sobre la vida política, social, económica, partidos, opinión pública) se
vuelven irrelevantes porque se incluye una excepción muy amplia: las actividades de
contrainteligencia previstas quedan habilitadas a realizar estas prácticas hasta ahora
prohibidas. En los hechos, esto flexibiliza los límites legales a la inteligencia interior y
habilita el espionaje político en nombre de la contrainteligencia.
La vaguedad de ciertos términos abre preguntas sobre cómo será la aplicación
efectiva de estas disposiciones, y esta preocupación se incrementa ante la difusión en
diciembre pasado de un supuesto Plan de Inteligencia Nacional (PIN), en el que se
identificaban expresamente como “enemigos internos” a anarquistas, pueblos
originarios, ambientalistas y periodistas que “desinformaran” o “deslegitimaran” al
gobierno.
Así, se ponen en grave riesgo los derechos de libertad de expresión, de asociación y
de petición a las autoridades. Reclamar por una ley (como la de Glaciares o Fondos
para Discapacidad) nos convierte en un objetivo de inteligencia y pasibles de ser
espiados, infiltrados y hasta detenidos.
¿Por qué ahora? ¿Por qué así?
Este DNU, manifiestamente inconstitucional, rompe consensos básicos, amplía el
margen de discrecionalidad estatal, debilita los controles y posibilita prácticas que
creíamos superadas. Al habilitar herramientas para vigilar, perseguir y detener, es una
señal directa hacia quienes defendemos derechos, territorios y democracia.
Una vez más, se toman decisiones de extrema relevancia sin debate legislativo. Es
evidente que lo que exige nuestra Constitución para el dictado de decretos de
necesidad y urgencia no se cumple: no hay circunstancias excepcionales que impidan
al Congreso sancionar leyes, y es claro que reformas tan trascendentes como éstas,
lejos de ser adoptadas de manera unilateral, deberían realizarse cuando hay acuerdos
entre diversas fuerzas políticas. El Congreso debe rechazar este decreto.
